• Renovaciones

La continuación anual del certificado de autoridad o las renovaciones del certificado de registro para compañías de seguros, sociedades de beneficios fraternos, odontología prepagada, clubes de motor, MEWA, gerentes de beneficios de farmacia, grupos de compras y grupos de retención de riesgos vencen el 1 de marzo del año o antes.

Las facturas de renovación no estarán disponibles en nuestro sitio web. Las facturas se enviarán por correo electrónico en la primera semana de enero a la dirección de correo electrónico de la compañía que tenemos registrada.

Las renovaciones anuales para las compañías financieras de primas de seguros y las organizaciones asesoras se reciben por correo electrónico en abril y vencen el 1 de mayo de cada año. Los Proveedores de Liquidación Viatical deben renovar sus licencias anualmente en la fecha de emisión original y las renovaciones serán por correo electrónico.

Los proveedores de contratos de servicio deben renovar su registro anualmente en la fecha de emisión original y las renovaciones serán por correo electrónico.

Renovaciones de licencias de la empresa
Requisitos de renovación

Tenga en cuenta que no renovaremos el Certificado de Autoridad hasta que recibamos la continuación anual de las tarifas del Certificado de Autoridad, las tarifas de presentación de declaraciones anuales y los documentos solicitados según 59A-5-23 (A) (1) (2) (B) (C).

Tenga en cuenta que los Certificados de Autoridad son perpetuos. No emitimos un nuevo Certificado de Autoridad en el momento de la renovación.

Los requisitos de Continuación Anual del Certificado de Autoridad y Renovación de Registro en Nuevo México se indican a continuación:

  • Por favor envíe la factura, pago por cheque solamente. Asegúrese de revisar sus carpetas de correo no deseado y basura para ver las facturas de renovación. No estamos aceptando pagos electrónicos por renovaciones este año. Todos los ACH/EFT serán devueltos a la compañía.
  • Se requerirá un nuevo formulario de procesamiento de contacto completado en su totalidad.
  • Se requerirá un nuevo Formulario 12 de la NAIC para todas las compañías. El formulario se puede enviar a través del portal de la NAIC y debe firmarse dentro de los últimos 6 meses. Según las Estatuas 59A-5-31 y 59A-5-32 de Nuevo México, la Oficina del Superintendente (OSI) va a utilizar un portal electrónico para la prestación del servicio de proceso. Dado que la OSI se volverá electrónica, todas las compañías deben proporcionar una dirección de correo electrónico válida de la compañía para recibir el servicio.

Se le pedirá que imprima su factura y la envíe por correo con un cheque pagadero a OSI o a la Oficina del Superintendente de Seguros. Cualquier otro nombre de beneficiario, el cheque será devuelto. No estamos aceptando pagos electrónicos para renovaciones.

Los pagos deben recibirse en nuestra oficina a más tardar el 1 de marzo de cada año. Si no recibimos el pago a más tardar el 1 de marzo, anualmente, su COA y/o COR expirarán, y se le cobrará una tarifa de reintegro y una multa por 59A-5-23, 59A-5-29 y 59A-6-4 del Código de Seguro de Nuevo México.

Requisitos adicionales de renovación para planes dentales prepagados
  • Informe anual que vence a más tardar el 1 de marzo de cada año, de acuerdo con la Sección 59A-48-10 de la NMSA.
Requisitos adicionales de renovación para los clubes de motor
  • Estados financieros, certificados por un contador público registrado o certificado, o un estado financiero firmado por la firma de contabilidad, dentro de los doce (12) meses anteriores de acuerdo con NMSA 59A-50-5 (C).
  • Una declaración que indique la cantidad de cuotas anuales de membresía recaudadas de los residentes del Estado de Nuevo México para el período del 1 de enero al 31 de diciembre. El monto de la fianza debe basarse en las cuotas anuales de membresía recaudadas en Nuevo México de acuerdo con la Sección 59A-50-4 (B) (5) de la NMSA.
  • Una verificación nueva y/o actual de la compañía de seguros de que el bono de caución del Motor Club todavía está en vigor.
Requisitos adicionales de renovación para grupos de compras
  • Por favor complete el formulario de presentación anual del grupo de compras.
Requisitos adicionales de renovación para las aseguradoras de líneas excedentes
  • No se cobran tarifas de renovación para las aseguradoras de líneas de excedentes elegibles.
  • Se requerirá un nuevo formulario de procesamiento de contacto completado en su totalidad.
  • Se requerirá un nuevo Formulario 12 de la NAIC para todas las compañías. El formulario se puede enviar a través del portal de la NAIC y debe firmarse dentro de los últimos 6 meses. Según las Estatuas 59A-5-31 y 59A-5-32 de Nuevo México, la Oficina del Superintendente (OSI) va a utilizar un portal electrónico para la prestación del servicio de proceso. Dado que la OSI se realizará electrónicamente, todas las compañías deben proporcionar una dirección de correo electrónico válida de la compañía para recibir el servicio.

Si tiene alguna pregunta o necesita más ayuda, comuníquese con Company.Licensing@osi.nm.gov.

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DEROGACIÓN DEL BOLETÍN NO. 2021-026

BOLETÍN 2026-006: Por la presente se deroga el Boletín No. 2021-026. El proceso para la presentación de informes de inscripción se comunicará a los transportistas por correo electrónico y a través del sitio web de la Oficina del Superintendente de Seguros en: https://www.osi.state.nm.us/es-mx/profesionales-de-seguros/division-de-vida-y-salud/ Para obtener información adicional sobre esta derogación, comuníquese con la División de Vida y […]

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DEROGACIÓN DEL BOLETÍN NO. 2023-009

BOLETÍN 2026-004: Nota de derogación: Este boletín deroga por la presente el Boletín No. 2023-009 emitido el 6 de abril de 2023. EMITIDO este 27 día de enero de 2026. DEROGACIÓN DEL BOLETÍN NO. 2023-009

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