De conformidad con la NMSA, Sección 59A-2-8 Poderes y deberes generales del superintendente, esta orden proporciona una interpretación inicial de qué procedimientos y recetas especificadas de modificación de rasgos sexuales son elegibles para el plan defraudado a partir del año 2027 del Plan de Salud para los planes de salud vendidos en la Bolsa BeWell de Nuevo México. El personal de la Oficina del Superintendente de Seguros (OSI) puede revisar esta interpretación periódicamente a medida que haya nuevas prácticas médicas y recetas disponibles. (Consulte la orden adjunta para obtener detalles completos).

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ORDEN QUE ESTABLECE PARÁMETROS PARA LA DEFRAYAL BAJO 13.10.41 NMAC, COBERTURA PARA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE MODIFICACIÓN DE RASGOS SEXUALES