La Legislatura del Estado de Nuevo México asignó $5 millones a la Oficina del Superintendente de Seguros de Nuevo México (OSI) para abordar los costos del seguro de negligencia médica para proveedores individuales. La apropiación fue parte de un paquete de apropiación suplementaria aprobado en 2025.

Esta consignación única le indica a OSI que proporcione un subsidio de prima para pólizas privadas de seguro por negligencia médica. OSI emitió una llamada de datos a las compañías de negligencia médica para determinar las primas escritas para proveedores independientes. OSI usó estos datos para determinar una reducción porcentual de prima para aplicar a las primas para proveedores elegibles. El boletín # 2026-010 crea la reducción única de la prima por negligencia médica (MMPR), la elegibilidad del programa, un porcentaje de reducción de primas, el proceso para desembolsar las reducciones de primas, el reembolso y la presentación de informes al transportista, y el cronograma para los desembolsos y la presentación de informes.

Elegibilidad del proveedor y transportistas calificados

Los proveedores independientes y las prácticas grupales independientes que compraron un seguro de responsabilidad profesional médica en 2025 que fueron reportados a OSI en una llamada de datos emitida el 10 de abril de 2026 califican para el MMPR. No se requiere la participación en el Fondo de Compensación de Pacientes para calificar para el MMPR. Las políticas de líneas excedentes y excedentes y las políticas de grupos de retención de riesgo no son elegibles para el MMPR.

A continuación se muestra una lista de los transportistas calificados que deben proporcionar el MMPR a los proveedores elegibles descritos en este
Boletín:

Para obtener contenido completo, consulte el PDF a continuación.

REDUCCIÓN DE PRIMA POR MALA PRAXIA MÉDICA