ESTE BOLETÍN recuerda a las aseguradoras que todas las reparaciones o reemplazos de propiedades residenciales deben cubrirse al costo de reparación o reemplazo, sin deducción por depreciación. Este boletín se publica de acuerdo con la Sección 59-2-8 NMSA 1978 y con 13.1.2, 13.7.4 y 13.13.2 NMAC.

La reparación o reemplazo de una propiedad residencial está sujeta a todos los requisitos y beneficios relacionados con el seguro de propiedad residencial, incluidas todas las protecciones de cobertura residencial del Código de Seguro.

REQUISITO DE PROPORCIONAR VALOR DE REEMPLAZO EN LA PROPIEDAD RESIDENCIAL