ESTE BOLETÍN se publica de conformidad con la NMSA 1978, § 59A-2-8 y 13.1.2 NMAC.

Este Boletín se emite para informar a todas las personas interesadas que la Ley de Seguro de Título de Nuevo México ha sido enmendada para extender el intervalo entre las audiencias para las tarifas de primas y otros asuntos de seguro de título a cada tres años. Vea, Sección 59A-30-8, NMSA 1978 (enmendada en 2023 por el Proyecto de Ley 79 de la Cámara de Representantes). De acuerdo con la enmienda, a menos que el Superintendente determine lo contrario de conformidad con la Sección 59A-30-8 (B), NMSA 1978, el Superintendente comenzará una audiencia no antes del 1 de noviembre de 2024.

EXTENSIÓN DE INTERVALOS PARA AUDIENCIAS SOBRE TARIFAS DE PRIMAS Y OTROS ASUNTOS DE SEGURO DE TÍTULO