9 de April de 2026 Boletines Comunicados de prensa traducciones proporcionadas como cortesía. Puede que no se traduzcan todos los FDP. No hay garantía de exactitud. ACLARACIÓN DE LA ORDEN ENMENDADA PARA LA REVISIÓN DE LAS TARIFAS DE PRIMAS DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MÉDICA COMERCIAL EN EL CASO NO. 2026-088 BOLETÍN 2026-009 El 19 de marzo de 2026, el Superintendente emitió la Orden Enmendada a la que se hace referencia debido a los cambios significativos realizados en la Ley de negligencia médica. El Superintendente anticipa que los cambios significativos realizados a la Ley de negligencia médica deberían resultar en primas menos costosas para la cobertura del seguro de responsabilidad profesional médica. Para satisfacer los requisitos de la Orden Enmendada en el Caso No. 2026-0088, los Transportistas deben presentar tarifas ante OSI a través de SERFF, las tarifas de prima para el seguro de responsabilidad profesional médica que las Compañías cobrarán o tendrán la intención de cobrar a los titulares de pólizas debido a los cambios legales significativos que se están realizando en la Ley de negligencia médica, junto con un Aviso presentado en el Caso No. 2026-0088 que avise que se han realizado presentaciones de tarifas SERFF. Si no se realizan reducciones de primas a pesar de los cambios significativos en la Ley de negligencia médica, las Compañías de Transporte deben presentar en el Caso No. 2026-0088 un Aviso de que no se están realizando reducciones de primas. Una nueva sección de la Ley de negligencia médica regirá los daños punitivos. La nueva Sección se codificará como NMSA 1978, §41-5-7.1, a partir del 20 de mayo de 2026. Bajo esta nueva sección de la ley, los daños punitivos tienen un límite de aproximadamente $1 millón para proveedores independientes por ocurrencia, $6 millones para hospitales de propiedad de Nuevo México (“locales”) y $15 millones para los grandes sistemas hospitalarios que no son propiedad de Nuevo México, todos los cuales están sujetos a aumentos anuales basados en el índice de precios al consumidor para las comunidades urbanas. Significativamente, la nueva ley prohíbe incluir daños punitivos en una demanda inicial por negligencia médica para obtener alivio. La Ley de negligencia médica enmendada también cambia la definición de “ocurrencia” para ahora significar los actos u omisiones de un proveedor de atención médica o proveedores en el curso del tratamiento médico que crearon o se combinaron para crear una lesión o lesiones a un paciente, independientemente del número de proveedores de atención médica cuyos actos u omisiones contribuyeron a la lesión o lesiones; siempre que esa “ocurrencia” no se interprete como limitar la recuperación a un solo pago legal máximo cuando actos médicos independientes u omisiones causan lesiones separadas o lesiones a un paciente en un curso de tratamiento médico NMSA 1978, §41-5-3 (L) (efectivo el 20 de mayo de 2026). También se agregó una nueva definición de subsección a la Ley de negligencia médica: “Valor de la atención médica acumulada y los beneficios relacionados” significa la cantidad real pagada o adeudada por un paciente, o un tercero en nombre de un paciente, por atención médica y beneficios relacionados. “El valor de la atención médica acumulada y los beneficios relacionados” no incluye ningún costo exento, dado de baja o reducido por un proveedor de atención médica. NMSA 1978, §41-5-3 (P) (vigente el 20 de mayo de 2026). EMITIDO este 9 de abril de 2026. Para obtener contenido completo, consulte el PDF a continuación. ACLARACIÓN DE LA ORDEN ENMENDADA PARA LA REVISIÓN DE LAS TARIFAS DE PRIMAS DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MÉDICA COMERCIAL EN EL CASO NO. 2026-088
26 de June de 2026 Boletines REDUCCIÓN DE LA PRIMA POR NEGLIGENCIA MÉDICA BOLETÍN MODIFICADO 2026-010: La Legislatura del Estado de Nuevo México asignó $5 millones a la Oficina del Superintendente de Seguros de Nuevo México (OSI) para abordar los costos del seguro de negligencia médica para proveedores individuales. La apropiación fue parte de un paquete de apropiación suplementaria aprobado en 2025. Esta consignación única le indica a OSI que proporcione […] Leer más
12 de June de 2026 Anuncios AVISO DE TRANSPARENCIA DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS RECETADOS REUNIÓN ANUAL La Oficina del Superintendente de Seguros llevará a cabo su reunión pública anual para presentar y discutir los hallazgos y recomendaciones contenidas en el informe legislativo de Transparencia de Precios de Medicamentos Recetados 2025. El propósito de esta reunión es informar al público sobre el contenido del informe y brindar una oportunidad para comentarios y […] Leer más