Este boletín se suma a los requisitos existentes de divulgación y exclusión UM/UIM que siguen siendo requeridos por el Boletín 2021-024.

Este boletín se publica siguiendo la opinión de la corte en Kileen contra Didio, expediente de la Corte Suprema de Nuevo México No. S-1-SC 39256, presentado el 30 de junio de 2025 (Kileen). La opinión de Kileen creó la siguiente ley:

Después de una cuidadosa consideración, sostenemos que el claro propósito correctivo del estatuto UM/UIM y la política pública de Nuevo México requieren que las aseguradoras ofrezcan cobertura UM/UIM por vehículo. [citas legales omitidas]. Al ofrecer dicha cobertura por vehículo, los consumidores tendrán la opción de comprar la cobertura que pueden pagar en lugar de comprar la cobertura UM/UIM en todos los vehículos con una póliza multivehículo o rechazar la cobertura en su totalidad. “[Si] a fin de que los requisitos de oferta y rechazo de la Sección 66-5-301 [del Código de Vehículos Motorizados de NM] puedan llevar a cabo la política de expansión de la cobertura UM/UIM, se requiere que la aseguradora ofrezca dicha cobertura de manera significativa y el asegurado debe actuar consciente e inteligentemente para rechazarla antes de que pueda ser excluida de una póliza”. (citando a 2010-NMSC-001, ¶16, Marckstadt contra Lockheed Martin Corp.)

Por la presente se notifica a todas las aseguradoras que cubren riesgos en Nuevo México que OSI ahora requiere que todas las aseguradoras adopten de inmediato formularios de divulgación y exclusión por vehículo para su uso en nuevas solicitudes de seguro de vehículos motorizados o automóviles o cambios de póliza.

Para obtener contenido completo, consulte el PDF a continuación.

DIVULGACIÓN OBLIGADA A LOS TITULARES DE PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVIL DE QUE LA
COBERTURA DE AUTOMOVILISTA SIN SEGURO O AUTOMOVILISTA CON SEGURO INDEBIDO (“UM/UIM”) DEBE OFRECERSE EN FUNCIÓN DEL COSTO POR VEHÍCULO